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Los estándares ambientales de Perú en el debate

 

¿Son realmente altas las exigencias que la legislación peruana impone a las actividades extractivas e industriales? El sector empresarial suele cuestionar la normativa, pero no por ello hace un esfuerzo por cumplirla. El caso Doe Run es un ejemplo.

La posibilidad de que el Congreso apruebe en las próximas semanas una iniciativa legislativa que evite el cierre del complejo metalúrgico de La Oroya y, con ello, de pie a una normativa que relaje los estándares ambientales para la emisión de dióxido de azufre con el fin de hacer atractiva la inversión privada en el citado complejo ha puesto nuevamente en el debate el rigor de los estándares ambientales en el Perú.

En el caso del aire, por ejemplo, se exigen emisiones por debajo de los 20 microgramos por metro cúbico, pero para el gremio que representa a los 2.000 trabajadores de Doe Run el valor es de 250 en Chile. Por ello, abogan por bajar el tope, de tal forma que haya interés por la compra de los activos de la operación. Durante la gestión Humala, el ministro del Ambiente, Manuel Pulgar-Vidal, descartó en diferentes oportunidades una variación. Su rechazo no es mera intransigencia. La Oroya, ubicada en la región Junín, es una de las cinco ciudades más contaminadas del mundo.

En Peruanos por el Kambio (PPK), agrupación que el 28 de julio asumirá el gobierno ya buscan una solución para esta situación. El futuro premier Fernando Zavala ha hablado de “una ley que no tendrá nombre propio, si no que impactará en la economía nacional”. ¿La razón? Hay un especial interés del presidente electo en captar capitales que apuesten por industrializar el cobre que el Perú produce. “El futuro gobierno de Pedro Pablo Kuczynski (PPK) quiere transformar a Perú en un centro regional de refinación de metales con ayuda de China para avanzar en la cadena productiva de las materias primas”, dijo recientemente a Reuters el próximo ministro de Economía, Alfredo Thorne.

Entonces, todo apunta a que se viene una discusión sobre las vallas que impone la normativa ambiental a las actividades extractivas e industriales, pero ¿son estas realmente altas conforme suele argumentar el sector empresarial?

  1. EN EL CASO DEL AIRE

Fue en el 2008, cuando el primer ministro del Ambiente (Minam, Antonio Brack, propuso pasar el límite para la concentración promedio diaria de oxido de azufre de 365 microgramos por metro cúbico (µg/m3), vigente desde el 2001, a 80 µg/m3 en el 2009, y luego a 20 µg/m3 en el 2014. Compañías como Southern Perú (su fundición de Ilo es un gran emisor de SO2) y gremios como la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía (SNMPE) cuestionaron por aquel entonces la medida.

El citado sector aclaró, posteriormente, que este Estándar de Calidad Ambiental (ECA) es en realidad aspiracional, se estableció en función de los lineamientos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), y su objetivo es proteger la salud de la población y el ambiente. Tiene un carácter preventivo y no resulta legalmente exigible a las empresas, con una excepción: los macroemisores. Un macroemisor es una fuente que emite más del 25% del total del dióxido de azufre dentro de una jurisdicción. Según el Minam, solo hay un macroemisor en el Perú: Doe Run, en el complejo metalúrgico de La Oroya.

Sin embargo, Doe Run no fue la única empresa a la que se le hacía imposible alcanzar esta meta. Por ello, en el 2012 se estableció un excepción a esta norma en tres cuencas atmosféricas: Arequipa (por las emisiones del parque automotor), La Oroya (por Doe Run) e Ilo (donde opera la fundición de Southern). En estas jurisdicciones se aplica el estándar de 80 µg/m3 de dióxido de azufre.

¿Cómo es en otros países? En Canadá existen tres límites para el dióxido de azufre: el deseable en zonas no contaminadas, el aceptable y el máximo tolerable. En China se aceptan niveles diferenciados para zonas urbanas, industriales y protegidas. Esta podría ser una alternativa por evaluar para el caso peruano.

  1. OTRAS PARTICULAS PELIGROSAS

Otro de los principales contaminantes del aire es el material particulado. Según los indicadores, puede ser grueso (de 10 micras o PM10) o fino (de 2,5 micras o PM2.5). Ambos son productos de la oxidación del dióxido de azufre en la atmósfera. El material particulado grueso está formado en buena parte por sales de SO2 que, por su tamaño, llegan a los pulmones. Este elemento, en entornos húmedos, se convierte en ácidos que componen mayoritariamente el material fino que puede ingresar a los alveolos pulmonares y causar serios daños.

En el Perú, el límite diario para el material particulado grueso (PM 10) es de 150 microgramos por metro cúbico (µg/m3). En el caso del material particulado fino (PM 2.5), antes del 2010 no estaba regulado. Con los nuevos ECA de aire, el límite era de 50 µg/m3, y a partir del 2014 se redujo a 25 µg/m3, que es el que recomienda la OMS en sus lineamientos.

De acuerdo con el Clean Air Institute (CAI), muy pocos países latinoamericanos aplican límites sobre el PM2.5. Y, en efecto, solo Perú y La Paz se han alineado con el 25 µg/m3. Sin embargo, esto no quiere decir que deba prescindirse de una regulación. El CAI recogió información para 11 ciudades de América Latina sobre el grado de concentración de material particulado fino del 2011. Diez excedieron el lineamiento anual de la OMS (10 µg/m3) y el estándar de 12 µg/m3 propuesto por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (USEPA), mientras que ocho de ellas sobrepasaron el límite establecido por la Unión Europea (25 µg/m3). Los excesos son la regla en la región.

  1. EN EL CASO DEL AGUA

En diciembre del 2015, el Minam publicó los nuevos Estándares de Calidad Ambiental (ECA), los cuales -según aseguró- se aprobaron tras un riguroso proceso técnico y científico. En el caso de los límites máximos permisibles (LMP) para el liquido elemento, los cuales sí son legalmente exigibles y se aplican de modo individual, a personas o a empresas, pues establecen límites a emisiones, efluentes y descargas en función de las actividades productivas, se habría registrado poco interés en su implementación.

De acuerdo con información del Ministerio de Energía y Minas (MEM), el año pasado un poco más de 50 unidades mineras presentaron sus planes integrales para adecuarse a los ECA y a los LMP de efluentes líquidos de un total de 350.

  1. PARA LA TIERRA

En el Perú hemos tenido 30 años de gestión ambiental sin regulación para el suelo. Recién en el 2012 se fijaron los estándares. El proceso de adecuación se inicia con un trabajo de identificación de sitios contaminados, realizado por las empresas, que concluye en un informe que debe presentarse a la autoridad competente (al MEM si es una actividad extractiva, por ejemplo). Luego, dicha autoridad debe determinar si el titular debe elaborar un Plan de Descontaminación de Sitios Contaminados. De ser el caso, tiene dos años para hacerlo y ello no implica que la operación deba necesariamente retirarse.

 

El hecho de no haber contado con ECA de suelo ha ocasionado situaciones como la presentada en el (in)cumplimiento del Plan Ambiental Complementario de la empresa Pluspetrol Norte. Allí, la misma empresa se impuso un estándar de 30.000 mg/Kg de hidrocarburos totales de petróleo (TPH), valor cien veces por encima de lo que debiera haber sido un estándar correcto, según el Minam. Igual, la empresa tampoco cumplió con dicho valor.

Diario Poder

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