Economía impulsa la modificación de la Ley 8434

(Mendoza) La iniciativa busca ejercer mayor control para evitar operaciones clandestinas y riesgos laborales en la explotación de minerales de tercera categoría.

El Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, a través de la Subsecretaria de Energía y Minería, trabaja en la reforma de la Ley Provincial 8434, con el objetivo de reglamentar el otorgamiento de permisos de extracción de minerales de tercera categoría.

Esta iniciativa surge dentro del Espacio de Dialogo Minero, el encuentro promovido por el Gobierno de Mendoza, donde en diversas oportunidades fue tema de debate la necesidad de revisar la reglamentación de minería de tercera categoría, como son los áridos, cementos, materiales de construcción y piedra de aplicación, entre otros.

La Ley 8434 fue sancionada en julio de 2012, pero presentaba algunas fallas que impedían su reglamentación. De esta forma, las modificaciones abordan varios aspectos centrales de la ley, como la adecuación de los procedimientos de inscripción de canteras, autorizados por la policía minería, Declaración de Impacto Ambiental y habilitación técnica.

Asimismo, se modificaría el artículo que establece la manera en que el Estado permite la entrega de canteras que se encuentran en terrenos fiscales. De esta manera, regularía de manera estricta las condiciones de concesión y motivos que requieran la caducidad de los trabajos.

Otro de los puntos centrales de la nueva ley será la aplicación de sanciones y reglamentación de la forma, metodología y control de las guías de tránsito y transporte de materiales en bruto o elaborado fuera de los establecimientos. “Se va a controlar no sólo al canterista sino que todo el que explote, transporte y almacene áridos va a tener que poder demostrar documentalmente el origen del material”, explicó el subsecretario de Energía y Minería, Emilio Guiñazú.

Guiñazú comentó que gran parte de esta actividad se realiza de manera informal, por lo que se plantearán mejoras en las condiciones de empleo de los trabajadores, la formalización de la actividad, para evitar operaciones clandestinas, y se prohibirán las actividades en cauces o zonas de erosión fluvial que, por efecto de la actividad extractiva, puedan generar problemas de estabilidad o impacto en la infraestructura.

 

Gobierno de Mendoza

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