¿Por qué discuten una ley de glaciares en Jujuy?

 

Ayer tomó estado parlamentario y paso a comisión en la Legislatura un proyecto que tiende a ampliar la protección del ambiente en la provincia, y que establece las zonas de los glaciares y los peri glaciares con mayor claridad que la ley ya existente.

Desde 2010, una vez promulgada la ley provincial 5.647 de Protección de Glaciares, un inventario de estas reservas naturales fue elaborado por especialistas del Instituto de Geología y Minería de Jujuy, dependiente de la UNJU, donde se destacó la gran cantidad de formaciones de peri glaciares en la provincia.

Hay que aclarar que las formaciones que se encuentran en Jujuy no son de las tradicionales que se conocen en el sur, sino que se trata de glaciares de escombro cuya importancia radica en que son una  reserva estratégica del agua reguladores para la recarga de cuencas hídricas en la zona de la Puna que permite que las pequeñas poblaciones de los valles puedan desarrollar la agricultura con métodos ancestrales.

El glaciar de escombros ( glaciar de rocas o glaciar rocoso ) es un cuerpo de derrubios y hielo que fluye bajo su propio peso que puede carecer de hielo o en todo caso no manifiestan a simple vista la presencia de hielo.

En el relevamiento de peri glaciares y cuencas hídricas se encontraron las formaciones en el cerro Chañi; la subcuenca de los ríos Calete, Chirricharri y Chorcan en las serranías del Zenta y el cerro Caucani-Solterio, todas ubicadas a más de 4.000 msnm.

En Jujuy hay muchos glaciares que tienen un movimiento en la montaña y que se termina traduciendo agua que se conserva en las altas cumbres y que alimenta el sistema de ríos del que tomamos agua los jujeños pero que también se utiliza para la agricultura y la ganadería.

El problema, señalaban tiempo atrás algunos legisladores, radica en  que Jujuy ha optado por un nivel de protección inferior al que establece la nación, afectando un recurso natural que es necesario para las comunidades. Se redujo la protección al glaciar en sí y no al ambiente periglaciar, como determina la ley nacional; siendo que es un ambiente que rodea a los glaciares y forma parte del mismo sistema ecológico.

La ley nacional prohíbe, en la zona de glaciares, toda una serie de actividades industriales  y mineras.

Ayer, en durante la novena sesión ordinaria, tomo estado parlamentario un proyecto relacionado con la ley de glaciares, que regula el avance sobre territorios particulares del norte de la provincia, a los que normativa entiende como reservas naturales y establece usos puntuales.

El texto pasó a comisión y allí será analizado por legisladores y eventualmente por comuneros para que se amplíe su tratamiento.

Es un proyecto que tiende a ampliar la protección del ambiente en la provincia, y que establece las zonas de los glaciares y los peri glaciares con mayor claridad que la ley ya existente, según detallaron los legisladores.

La protección y preservación de los glaciares

En Argentina los glaciares y otras crioformas cumplen un papel trascendente en el desarrollo regional y son componentes emblemáticos del patrimonio ambiental de la Cordillera de los Andes. Entre otros atributos, estos cuerpos de hielo son reconocidos como componentes cruciales del sistema hidrológico de montaña y como “reservas estratégicas” de agua para las zonas bajas adyacentes en gran parte de la diagonal árida del país.

Si bien la nieve que se acumula cada invierno en la Cordillera constituye la principal fuente de agua para los ríos del oeste argentino, en años “secos” o con baja precipitación nívea, los glaciares y otras crioformas tienen una contribución muy importante al caudal de los ríos andinos ya que aportan  volúmenes significativos de agua de deshielo a la escorrentía ayudando a minimizar los impactos de las sequías en las actividades socio-económicas de los oasis de regadío.

Conocer el número, área y distribución espacial de los cuerpos de hielo provee una estimación de las reservas hídricas en estado sólido existentes en las diferentes cuencas andinas e información básica para conocer la capacidad reguladora de dichos cuerpos sobre los caudales de nuestros ríos en condiciones climáticas extremas.

Los glaciares de Argentina constituyen además elementos emblemáticos del paisaje andino, realzando la belleza de los principales atractivos turísticos y generando ingresos significativos para las economías regionales.

Conscientes de la importancia nacional y regional de los cuerpos de hielo en nuestra Cordillera, las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores de Argentina convirtieron en Ley el Proyecto de “Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y el Ambiente Periglacial”, que contempla entre otras medidas, la creación de un Inventario Nacional de Glaciares.

La Ley 26.639 de “Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial”, establece en su Artículo 3º:

ARTICULO 3º — Inventario. Créase el Inventario Nacional de Glaciares, donde se individualizarán todos los glaciares y geoformas periglaciares que actúan como reservas hídricas existentes en el territorio nacional con toda la información necesaria para su adecuada protección, control y monitoreo.

El Inventario Nacional de Glaciares sentará las bases para establecer el estado actual de las reservas hídricas cordilleranas, los requerimientos científico-técnicos que plantea la concreción de un Inventario Nacional, las interacciones de los cuerpos de hielo con otros sistemas naturales, y los posibles impactos de los cambios climáticos futuros sobre estos recursos estratégicos.

El objetivo principal del “Inventario Nacional de Glaciares” consiste en identificar, caracterizar y monitorear todos los glaciares y crioformas que actúan como reservas hídricas estratégicas en la República Argentina, establecer los factores ambientales que regulan su comportamiento, y determinar la significancia hidrológica de estos cuerpos de hielo a la escorrentía andina.

La información registrada en el inventario será una herramienta fundamental para la identificación y delimitación de las zonas protegidas en el marco de la Ley 26.639 de Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial.

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