Río Turbio: ordenan a un juez volver a revisar un pedido de detención de De Vido

 

La Cámara federal porteña dispuso que el magistrado Luis Rodríguez revea su negativa a pedir el desafuero del diputado K y luego ordenar su prisión preventiva.

El incidente que se resolvió en la Cámara se generó después que el juez Luis Rodríguez desestimó el pedido de indagatoria y detención de Julio De Vido y una veintena de ex funcionarios de Planificación Federal y de Yacimientos Carboníferos Río Turbio (YCRT), que había solicitado el fiscal de la causa Carlos Stornelli.

Además, el magistrado concedió la eximición de prisión a tres de los imputados aplicando el mismo criterio para todos los involucrados en la causa. Todo esto fue apelado por el fiscal y debía ser Sala II la que resuelva la situación.

Al tener votos encontrados, por un lado el juez Farah -que se había declarado incompetente y después señaló que citar a indagatoria «es potestad del juez»-, y por el otro lado, Irurzun que planteó que la decisión del juez Rodríguez «fue arbitraria», la decisión se tomó con el voto del camarista Leopoldo Bruglia (Sala I).

En la causa se investiga la malversación de 26.000 millones de pesos que el extinto ministerio de Planificación destinó durante el gobierno kirchnerista hacia YCRT. El perjuicio generado al erario público se calcula en 265 millones de pesos.

Los fondos incluían los planes de modernización de la mina de Río Turbio, como también la construcción de la Usina Térmica que según la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) determinó que tuvo once modificaciones de costo incrementando su valor en un 98%. También se agregó la puesta en valor de un tren por 344 millones de pesos, obra que nunca se terminó y se pagó parcialmente.

El tema más sensible en el marco de la investigación, fue el pedido del fiscal Stornelli sobre el desafuero de De Vido y su posterior detención, medida que alcanza a todos los imputados pero el ex ministro es el único que cuenta con fueros.

La Sala II -con el voto en disidencia del juez Farah-, revocó las eximiciones de prisión que había concedido el juez Rodríguez a dos ex directivos de YCRT (uno de ellos Miguel Larregina) y al ex funcionario Roberto Baratta, mano derecha de De Vido.

El 7 de julio el magistrado, tal como contó Clarín, aplicó el mismo criterio de exención para los demás imputados, incluyendo al ex ministro de Planificación Federal. Ahora la Cámara Federal pide que se evalúe si corresponden las detenciones solicitadas.

El fiscal Stornelli al respecto, había planteado que “las relaciones de poder de los imputados es un riesgo concreto que atenta contra el avance de la investigación y las posibilidades del armado de entramados de complicidades que fomente el ocultamiento de evidencias”, insistiendo en el pedido de detención.

En un planteo similar, Irurzun y Bruglia consideraron que ante una causa tan compleja donde se investigan «hechos de corrupción», se debe analizar la «posibilidad de entorpecimiento» de la investigación relacionado al «mantenimiento del poder público o de sus influencias».

Por este motivo, ordenaron que el juez Rodríguez que vuelva a fallar al respecto y en consecuencia, ​revise si corresponde o no hacer lugar al pedido de detención del fiscal Stornelli.

Otro de los puntos apelados por Stornelli, fue la determinación del juez Rodríguez de no hacer lugar al pedido de los llamados indagatorias. El magistrado consideró que había una «falencia probatoria» por lo que se ve en necesidad de ahondar en la investigación, «para delimitar la participación individual de cada uno de los imputados y su eventual responsabilidad criminal».

Para el camarista Irurzun, si bien no puede apelarse la decisión de un juez que deniega la convocatoria a indagatoria, sólo puede analizarse cuando se realice un «ejercicio arbitrario de la actividad jurisdiccional». Consideró que se está ante una situación de estas características.

En este escenario fue el juez Leopoldo Bruglia, de la Sala I, quien debió desempatar. En concordancia con Irurzun, expuso que «se encuentran reunidos los elementos requeridos para configurar un concreto ejercicio arbitrario de la actividad jurisdiccional». Así, avaló el voto de su par para que se revise la negativa de llamar a indagatoria a De Vido y a una veintena de ex funcionarios y directivos de YCRT.

Clarín

Noticias relacionadas

Dejanos un Comentario

Your email address will not be published. Required fields are marked *

2024. Huella Minera. Derechos Reservados.

mega888