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Glaciares: 1% del territorio, 100% de  riqueza

El Gobierno nacional tiene en carpeta modificar la ley para permitir actividades extractivas en el ambiente periglacial. En Mendoza ocupan poca superficie en comparación, pero cumplen un rol clave. ¿Pueden convivir la preservación de los glaciares con la minería y el petróleo?

Los glaciares no llegan a cubrir el 1% del territorio; pero tienen el potencial de abastecer al 100% de la riqueza de la provincia: almacenan el agua de reserva, cada vez más escasa, y están ubicados en zonas con importantes riquezas minerales que para muchos son parte del futuro económico.

El plan de reformas impulsadas por el Gobierno nacional tiene en agenda a la ley de glaciares. La presión surgió de parte de referentes del sector industrial y minero, que se reunieron con el presidente Mauricio Macri y funcionarios de las provincias cordilleranas. De allí nació la iniciativa y el tema estaría priorizado en la agenda legislativa para el año que viene.

Es un debate trascendente para el país y en particular para Mendoza, donde renace una tensión que ha generado más enfrentamientos que debates: si pueden convivir las actividades extractivas con una política de cuidado de los recursos naturales estratégicos.

La ley de glaciares fue sancionada, vetada por la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y luego redactada y aprobada nuevamente. La norma designa como recursos estratégicos a los glaciares y determina la protección de los mismos y del ambiente periglacial. Justamente allí está el foco de quienes impulsan la reforma: en el ambiente de influencia de los glaciares, que también tienen protección. Lo que buscan es modificar los artículos 2 y 6 de la ley, que mencionan al ambiente periglacial y restringe actividades en esos sectores de la montaña.

La misma ley es la que establece la ejecución del inventario nacional de glaciares, tarea a cargo del IANIGLA. En Mendoza el inventario está casi completo: en total hay 1050 kilómetros cuadrados de glaciares, concentrados en casi 3 mil cuerpos de hielo. La mayoría de esos glaciares están cubiertos, una característica de los reservorios de agua mendocinos. Otro dato que surge es la altura: en la cuenca del Río Mendoza los glaciares están por encima de los 3300 metros sobre el nivel del mar. La superficie de glaciares representa menos del 1% del total de Mendoza; concretamente el 0,7 por ciento. La ubicación de los glaciares marca la naciente de las principales cuencas hídricas que abastecen al 3% de la provincia que está irrigada. Por eso el valor de esa zona no es por la cantidad de superficie, sino por la riqueza que guarda.

Fuera del inventario quedaron los glaciares menores a una hectárea. Pero el tamaño no hace a su relevancia y desde el IANIGLA mismo lo aclaran. «El umbral de área mínima utilizado no representa en sí un indicador de su significancia ambiental, pudiendo existir otros cuerpos de hielo cuya relevancia debe ser evaluada», menciona un documento aclaratorio enviado a las provincias. Lo que también pidió la Secretaría de Ambiente de la Nación es que las provincias, Mendoza incluida, realicen una auditoría ambiental para detectar los potenciales riesgos sobre la zona de glaciares.

Mendoza entra en el octavo año de crisis hídrica por la escasez de nevadas y los especialistas creen que ya no se trata de una situación excepcional sino de una nueva realidad: cada vez habrá menos nevadas en alta montaña, disminuyendo el promedio de agua disponible en los ríos. Allí es cuando los glaciares cumplen un rol regulador. En el IANIGLA toman como referencia lo que ocurrió en 1968. Ese año hubo precipitaciones cero en la cordillera y estiman que todo el agua de los ríos provino de los glaciares. El caudal fue igual al 40% de la media anual.

El Gobierno nacional le pidió a las provincias que controlen las actividades sobre los glaciares. Aún no hay información sobre dos cuencas importantes de Mendoza.

Si bien la superficie abarcada por la ley de glaciares es mínima, en Mendoza hay otro sistema de protección a través de las Áreas Naturales Protegidas. En total el 13% de la superficie provincial está abarcada por reservas, que tienen distintos niveles de protección y que según cuál sea tienen actividades prohibidas. Algunas de ellas, como Cordón del Plata y el Parque Tupungato, están en las nacientes de los ríos. Otras, como Laguna del Diamante y La Payunia, cubren una amplia superficie y en sus terrenos hay competencia por el uso de los recursos, pues se superponen cateos mineros o permisos petroleros.

 

Qué quieren modificar

«La presente ley establece los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial con el objeto de preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano; para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas; para la protección de la biodiversidad; como fuente de información científica y como atractivo turístico. Los glaciares constituyen bienes de carácter público», define el artículo 1 de la Ley de Glaciares.

La tensión de parte de la industria extractiva está con las definiciones y los alcances de la ley, particularmente con el llamado ambiente periglacial. El artículo 2 establece que es el «área con suelos congelados que actúa como regulador del recurso hídrico. En la media y baja montaña al área que funciona como regulador de recursos hídricos con suelos saturados en hielo».

Ese es uno de los artículos que buscan modificar para restringir su alcance. Pero además la polémica está en el artículo 6, que impone las restricciones para algunas actividades y en particular para la minería. Pero incluso hay quienes tensan la cuerda y aseguran que la ley de glaciares podría frenar la ejecución de obras de infraestructura como las represas. La ley menciona que está prohibida esa actividad en el ambiente periglacial. Las actividades prohibidas son: a) La liberación, dispersión o disposición de sustancias o elementos contaminantes, productos químicos o residuos de cualquier naturaleza o volumen. Se incluyen en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial; b) La construcción de obras de arquitectura o infraestructura con excepción de aquellas necesarias para la investigación científica y las prevenciones de riesgos; c) La exploración y explotación minera e hidrocarburífera. Se incluyen en dicha restricción aquellas que se desarrollen en el ambiente periglacial; d) La instalación de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales.

Los más conciliadores hablan de la necesidad de «aclarar» en la misma ley o en una nueva reglamentación el alcance del ambiente periglacial. Otros, apuntan a la modificación o a un recorte completo de partes de la ley. La llave para iniciar ese debate fue la promesa de inversión por parte de las empresas, que rondarían los 15 mil millones de dólares en los próximos años.

En Mendoza el gobernador Alfredo Cornejo tiene en su escritorio el proyecto de Política Minera, elaborado por la Subsecretaría de Energía. Ese paper incluye las líneas de acción para desarrollar la actividad y menciona la ley de glaciares como marco legal a respetar. Pero también pone como objetivos reglamentar las leyes que sean necesarias y aclarar los alcances de otras. «Promoverá el desarrollo de aquellos proyectos que, respetando las leyes vigentes en la Provincia: Ley No.7722, Ley de Aguas, Ley de Glaciares y el resto de las leyes que legislen ambiental o territorialmente el desarrollo productivo», determina el documento, que aclara que buscarán «en los casos en que se necesario la reglamentación de las leyes, lo que permitirá dar mayor seguridad jurídica a la sociedad y a los inversores». Al mismo tiempo propone «perfeccionar el inventario de glaciares» junto al IANIGLA para determinar las zonas donde se puede desarrollar la minería.

El proyecto de modificación podría ingresar en marzo, en consonancia con el debut del nuevo Congreso; seguramente uno de los debates más profundos de los que se vienen.

 

 

Mdz

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