La Justicia no encontró responsables penales por el segundo derrame en Veladero

El juez Pablo Oritja decidió darle la razón al fiscal, Sohar Aballay, quien había solicitado que la causa debía archivarse porque no hay comisión de un delito. El expediente, por el primer derrame, ya elevó a juicio. El tercer hecho está suspendido, a la espera de una resolución de la Corte Suprema de Justicia.

El juez Pablo Oritja resolvió archivar la causa que se presentó por una presunta contaminación en el agua en la mina Veladero, en Iglesia. Por este hecho, los directivos de la empresa Barrick Gold, a cargo del emprendimiento minero, habían quedado en la mira, pero el fiscal Sohar Aballay comprendió que no se podía encuadrar en un delito. Es decir, que no se juzgará penalmente a nadie.

Cumpliendo con los esfuerzos y la toma de decisiones que amerita el proceso, el juez solicitó el archivo de las actuaciones realizadas por la segunda denuncia que se efectuó, por una presunta contaminación en el valle de Lixiviación de Veladero. Si bien, el fiscal había entendido que no hay comisión de delito y la causa no continuará su curso investigativo, esto no implica que Barrick no tenga responsabilidad administrativa o civil en el episodio.

Este segundo hecho, que derivó en la denuncia penal, fue un desacople en las cañerías ubicadas sobre un canal de contención que trasportaba solución de oro y plata, producto de la caída de un bloque de hielo. Esto produjo un derrame y la acumulación de ripio que, finalmente, terminó en un desborde que perjudicó al valle de Lixiviación. «En realidad fue un material viscoso y saturado de agua, pero no tuvo las mismas consecuencias que el primer derrame», explicó el juez a sanjuan8.com. Es que ese material salió del valle y llegó a un camino circundante, pero no se desplazó hasta el cauce de agua. Según sostiene la Justicia, el líquido fue remitido a su lugar a tiempo y no produjo contaminación.

En paralelo, el Gobierno uñaquista -a través de la figura del ministro de Minería, Alberto Hensel – aseguró que «no se afectó a las personas de la zona ni se perjudicó el agua de los causas cercanos al valle de Lixiviación». Esto, luego de un amplio despliegue realizado por la Secretaría de Control Ambiental y Control Minero.

 

La primera causa, a juicio

Esta no fue la misma suerte que corrió la primera causa iniciada por un derrame, en septiembre de 2015. Este primer hecho se conoció luego de producirse el volcamiento de un millón de litros de agua presuntamente contaminada con solución cianurada, sobre el río. El gobierno le impuso una multa millonaria a la empresa Barrick y anunció que será «implacables» en el cuidado y en la vigilancia del medio ambiente.

Mientras tanto, esa causa siguió su curso investigativo y terminó en la reciente elevación a juicio de: Leandro Poblete (jefe de Procesos), Segundo Álvarez (el segundo en esa área), Carlos Cabanillas (gerente de Minas), Ángel Escudero (gerente de Prevención de Riesgos), Osvaldo Brocca (supervisor de Servicios Técnicos), David Sánchez (supervisor de Mantenimiento), Ricardo Cortéz (supervisor de Medio Ambiente), Walter Pizarro (gerente de Procesos). Si bien, la defensa presentó una nulidad, el juez no le dio lugar al pedido. En el medio de esto, una lucha por la competencia de Juzgados (federal y provincial); es decir, quien investiga por la jurisdicción. Cuando la Corte Suprema dice que la provincia quien tiene que investigar, había una instancia de apelación al procesamiento y un pedido de nulidad (por parte de la defensa, en curso).Entonces, la investigación que había iniciado –paralelamente- la Justicia Federal, tuvo que ser remitida a las manos de Oritja. Fue en ese momento, cuando el magistrado pudo incorporar más elementos probatorios para la elevación a juicio. La titular que estará a cargo del juicio será Silvia Beatriz Rodríguez, del Juzgado de Paz de Jáchal.

Cabe destacar que existe un tercer hecho que está en vías de investigación, por un episodio similar al segundo, ocurrido en marzo de 2017. Por este episodio se han ordenado medidas específicas para determinar si se puede encuadran en un tipo penal. Pero, siguiendo las semejanzas con el segundo caso, en estos momentos se debate un nuevo conflicto de competencias luego de la presentación de un Recurso de Amparo Colectivo. Ahora, la Corte Suprema de Justicia deberá definir quien resuelve. Mientras tanto, el fiscal opina que es un delito lo ocurrido. «Hace un mes hemos recibido la información requerida y se le corrió vista al fiscal para que evalúa si requiere o no la instrucción», explicó Oritja y añadió: «Suspendimos el proceso hasta tanto se resuelva el conflicto de competencias». Teniendo en cuenta los plazos que se han manejado en el marco del primer amparo presentado, el juez no se anima a dar fecha específica para el «causamiento» del expediente.

 

 

San Juan8

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