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“No deberíamos incorporar en la ley la minería no metalífera”

 

San Juan. El diputado César Aguilar sugirió que en el proyecto de ley que establece el marco jurídico para el Cierre y Postcierre de Mina en la provincia “no debería incluirse la minería no metalífera”.

El proyecto que envió el Ejecutivo a la Legislatura, y que tomó estado parlamentario en la sesión que se realizó el 24 de mayo pasado, actualmente está siendo tratado por las Comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales, Turismo y Medio Ambiente, y Minería.

En las reuniones de Comisión conjunta, la oposición le realizó algunas recomendaciones al Ministerio de Minería sobre el proyecto original, recomendaciones que fueron hechas por escrito para que el Ministerio pueda analizarlas y responderlas.“Personalmente le hice algunas observaciones, como por ejemplo, no deberíamos incluir en la misma ley la minería metalífera y la no metalífera, al incorporar esta última estamos complicándoles la vida a los mineros que tienen menos recursos, porque la ley exige una garantía financiera para el cierre de mina y los proyectos no metalíferos son de poca embargadura y le estaríamos sumando un costo importante, deberíamos dividir las cosas”, expresó el legislador del bloque San Juan Federal.

“Tampoco se ponen algunos plazos específicos en cuanto a los cierres de mina y  a las presentaciones de algunos temas que deberían plasmarse en la ley y no en la reglamentación, temas que tenemos que debatir con el oficialismo”, agregó. Otros de los temas que se planteó fue la duración de la garantía. “En un caso como éste la garantía no puede tener fin, se habla de 100 años, pero lo lógico es que sea a perpetuidad, porque en un cierre de mina que no este bien logrado podemos estar perjudicando a generaciones futuras, cuando hablamos de garantías, tenemos que hablar de garantías a perpetuidad y no limitadas a una cierta cantidad de años”, afirmó.

Aguilar indicó que “estamos tratando de hacer una ley viable porque es necesaria, si bien el Código de Minería especifica que el cierre de mina es atribución específica de la Nación, esta es un ley que puede se perfectible en cuanto a lo que diga Nación con relación a este tema, se puede hacer como se hizo con la ley de Glaciares”. El diputado estimó que se necesitarán varias reuniones más para “poder consensuar una ley tan importante como ésta, hay varios puntos que debemos analizar detenidamente, además todavía no tenemos las respuestas desde el Ministerio de Minería sobre las observaciones que realizamos”.

El proyecto enviado por el Ejecutivo prevé una serie de obligaciones que los sujetos deberán cumplimentar a fin de lograr los objetivos propuestos, entre ellos “la obligación de implementar un plan de cierre de mina desde el comienzo de la explotación o desde la entrada en vigencia de la presente ley, según se trate de proyectos mineros nuevos, proyectos mineros en operación o proyectos mineros temporalmente inactivos”.

Según la normativa que están estudiando los diputados, el titular del derecho minero y el operador deberán presentar conjuntamente con el Informe de Impacto Ambiental (IIA) un plan conceptual de cierre y post cierre que contemple la totalidad de las operaciones. El mismo será evaluado conjuntamente con el IIA y será aprobado por la Autoridad de Aplicación, que será la Autoridad Ambiental Minera, renovándose en forma bienal.

Por otra parte, el proyecto señala que se  deberá constituir una garantía financiera para cubrir los costos de prospección, exploración y explotación de las tareas, acciones, actividades y medidas técnicos- científicas y jurídico- administrativas necesarias para el cierre, rehabilitación del área y post cierre de la mina en cualquiera de sus etapas. Tal garantía podrá ser constituída a través de: Cesión en garantía de certificado de depósito a plazo fijo (en pesos o en dólares) emitido por un banco autorizado por el Banco Central; Carta de crédito irrevocable (en pesos o dólares) emitida por una entidad bancaria autorizada por el BCRA; Constitución de un fondo fiduciario; Poliza de caución; Sociedad de Garantía Recíproca; Unidad de Levy.

Diario El Zonda

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