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Actualizarán Registro de Consultores Ambientales

La Secretaría de Ambiente convoca a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas que realicen consultorías de Evaluación de Impacto Ambiental, a realizar la incorporación del Registro de Consultores.

 

La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, mediante la Dirección de Gestión Ambiental, como autoridad de aplicación de la Ley Nº 24.051, Ley Nº 522-L, Decreto Reglamentario Nº 1211/07 y Resolución Nº 986-SEAyDS-2018, convoca para la creación del Registro de Consultores Ambientales. Hay tiempo hasta el 5 de septiembre de 2019.

La Resolución Nº 986-SEAyDS-2018, por la cual se dejó sin efecto la Resolución Nº 0626-MOPSPyMA-2001, establece la creación del Registro de Consultores y Centros de Investigación, en el ámbito de la Dirección de Gestión Ambiental, de la Subsecretaria de Desarrollo Sustentable, dependiente de la Secretaria de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable. Las modificaciones se basan en la necesidad de unificar terminología y formato, eliminar información irrelevante.

Podrán inscribirse en el registro de Consultores toda persona física o jurídica, pública o privada, provincial, nacional o extrajera legalmente constituida de conformidad a la legislación vigente en materia de personas jurídicas, en la Nación o provincia conforme corresponda (adjuntando en cualquiera de los caso constancia de Ingresos Brutos de la Provincia de San Juan); también podrán hacerlo consultores individuales o firmas consultoras, integrados por personas con las incumbencias profesionales. Los mismos deberán estar matriculados y habilitados por el Consejo Profesional correspondiente en la provincia de San Juan. Por otra, los consultores individuales o firmas consultoras deberán fijar domicilio en un radio no mayor a 10 kilómetros dentro de la Ciudad Capital de la Provincia de San Juan, a los efectos del cumplimiento y ejercicio de sus obligaciones y derechos. (Más detalles en documento adjunto)

La convocatoria se encuentra abierta hasta el día 5 de septiembre inclusive, y podrán hacerlo personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, según lo establecido en la Reglamentación.

El registro será público y una vez vencido el plazo, cada año, durante todo el mes de febrero, se habilitará la inscripción de nuevos consultores.

La creación del Registro de Consultores, también prevé un régimen sancionatorio, aplicable en el caso de cometer infracciones como proporcionar información falsa, incluir datos o información simulada, aparente, falsa o improcedente en los estudios y/o informes que se practiquen y presenten; contravenir las normas del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, no informar tempestivamente los cambios en la información que obra en el/los expedientes en los cuales representa; incumplir el pago del derecho de inscripción impuesto por el reglamento.

La documentación presentada por los interesados en integrar el registro será evaluada por una Comisión Evaluadora designada por Resolución Ministerial. Cumplida la evaluación y en caso de ser afirmativa otorgará al peticionante de la inscripción un número que deberá ser colocado en todas y cada una de las presentaciones realizadas en el ámbito de la Dirección de Gestión Ambiental.

 

 

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