Se conocieron las primeras estadísticas ladrilleras de San Juan

A partir de la reglamentación de la ley, se completó un relevamiento sobre productores, hornos y consumos de arcilla y carbón; entre otros datos importantes.

Es una de las actividades más tradicionales de la minería no metalífera de San Juan y hasta ahora, era de las más informales.

Afortunadamente se logró la reglamentación de la Ley 1601-J que crea el Programa Provincial de Promoción y Regularización de la Actividad Ladrillera y el padrón correspondiente para que los productores artesanales tengan preferencia como proveedores de la obra pública.

En ese marco general, la Secretaría de Gestión Ambiental del Ministerio de Minería realizó un relevamiento de la actividad.

Se consideraron aspectos vinculados a la producción, mano de obra ocupada, consumo de insumos y equipamiento, cumplimientos legales ambientales y mineros.

Las canteras de arcilla utilizadas son generalmente las de tipo limoníticas. Son usadas como materia prima para la elaboración del ladrillo y ladrillón macizo tradicional. Para elaborar ladrillo cerámico hueco en San Juan, generalmente se acude a canteras arcillosas que corresponden a niveles lacustres o de abanico distal, de edad moderna y de excelente calidad.

Estos niveles se presentan estratificados, de gran extensión lateral y de posición horizontal lo que determina una forma de explotación sencilla.

DepartamentoCantidad de Ladrilleros en ProducciónCantidadde HornosProducción Ladrillones /MesCons. de Arcilla (m3)Cons.deLeña (Tn)Consumo de Carbón (Tn)Consumo de Aserrín (m3)Personal
25 de Mayo1240.000800204204
9 de Julio1120.000400102102
Albardón57150.0002.50070147014
Angaco4480.0001.600408408
Chimbas1825400.0007.0002305025570
Caucete1116.000300102102
Pocito2210.000150204205
Rawson48150.0002.50080168016
Rivadavia2125420.0007.5002105525052
Santa Lucía715250.0004.5001503015035
San Martín921315.0006.0002104020045
Iglesia1130.0001503020153
Jáchal44174.0003.0008601931715
Totales781162.055.00036.4001.9404381.137281


Regular y promover

El Programa Provincial de Promoción y Regularización de la actividad ladrillera es un plan único en el país. Le garantiza preferencia a los productores de ladrillo artesanal como proveedores de la obra pública local.

Cuando las dependencias y organismos públicos encargados de contratación de obras públicas contraten proveedores, buscarán preferencialmente como proveedores a ladrilleros artesanales inscriptos en el padrón pertinente.

La autoridad de aplicación es el Ministerio de Minería, que podrá celebrar acuerdos que tengan como fin la creación de Polos de Producción Ladrillera pudiendo verificar y determinar la ocupación de espacios, técnicas y volúmenes de producción, los estándares laborales y de la comercialización del ladrillo sanjuanino que mejoren la participación de los trabajadores en los beneficios que genera la actividad.

La ley, además, establece participación de la Secretaría de Estado de Ambiente. La misma elaborará un diagnóstico de las áreas ocupadas y a ocupar por la actividad y lo mantendrá actualizado para remitir a municipios. Además, fiscalizará el cumplimiento del plan de mitigación del impacto ambiental generado por la actividad ladrillera y lo remitirá a la autoridad de aplicación y a cada uno de los municipios involucrados.

La UORLA podrá acompañar el empadronamiento en campo y la revisión del mismo con una periodicidad acorde.

En el plan integral para la actividad, está previsto destinar fondos para brindar capacitaciones, actualización tecnológica, plan de saneamiento de pasivos ambientales, plan de mitigación, desarrollo de la actividad, etc.

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