La empresa respondió a la notificación sobre una eventual rescisión del contrato de explotación de Minas Capillitas.
La empresa Catamarca Minera y Energética (Camyen), en defensa de los derechos provinciales, respondió a la notificación sobre una eventual rescisión del contrato de explotación de Minas Capillitas que, el 29 de marzo pasado, había dispuesto Fabricaciones Militares, el organismo nacional dependiente del ministerio de Defensa que es propietario del yacimiento de rodocrosita.
La presentación formal que El Esquiú.com había adelantado se iba a realizar, se materializó ayer en la ciudad de Buenos Aires y fue refrendada por el titular de la empresa local, Daniel Issi.
Fue el complemento de la respuesta que se dio a la carta documento inicial de Fabricaciones Militares, a la cual se rechazó por temeraria y maliciosa, dejando puntualizado que Catamarca, mediante acciones civiles y penales, se apresta a reclamar por los daños y perjuicios que podría ocasionar una medida de esta naturaleza.
Esa carta documento, firmada por un funcionario de niveles intermedios -Roberto Arpin- señala que el venidero 28 de mayo se termina la relación entre Nación y Provincia por la explotación de Capillitas.
Nuevos recursos
Ayer, se supo extraoficialmente, se presentaron dos recursos. Uno de reconsideración y otro de alzada en subsidio en contra de una rescisión que, lo repetimos, firmó un tal Arpin y no el titular de Fabricaciones Militares, el señor Lostri.
Por el primero se da cuenta que se incumplió con el debido proceso administrativo, atacándose el principio de continuidad y la vigencias de contratos firmados entre partes.
Para Camyen, según nos explicaron, no se indica cuál sería el incumplimiento o falta cometida en relación a la letra del contrato. Es decir, para ella, no habría causa. También se enfatiza, lo repetimos, que la carta documento la firma alguien -un director- que es incompetente para tomar decisiones por Fabricaciones Militares. Y, lo que es peor, la medida alude al acuerdo originario suscripto el 28 de mayo de 2013, sin considerar la adenda de 2015, por la cual se firmó la extensión del contrato.
Por estas consideraciones y otras más, que tendrían solidez argumentativa, Camyen entiende que se debe decretar la nulidad de la rescisión notificada.
El recurso de alzada en subsidio, cabe destacarlo, lo tendría que tratar directamente el Poder Ejecutivo Nacional, lo cual excede lo estrictamente jurídico y revela el perjuicio que se puede ocasionar a Catamarca.
El Esquíu