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Aprobaron la ley que crea el programa de incentivo fiscal para empresas en San Juan

 

Los legisladores sancionaron la norma que establece un plan oficial para captar inversores en la Provincia y generar mano de obra. Mirá los detalles.

Para que se invierta en San Juan y se generen puestos de trabajo, las empresas tienen una nueva herramienta oficial. Se trata del Programa de Incentivos Fiscales a la Inversión Productiva, que persigue apoyar la inversión, el empleo y el desarrollo sustentable de la Provincia. El beneficio se materializará a través de Certificados de Crédito Fiscal que se entregarán a los inversores. El valor nominativo de los certificados será  neto de impuestos provinciales y nacionales del proyecto aprobado. Para el inicio del programa, la Provincia puso a disposición mil millones de pesos en certificados aplicables para cancelación de todos los impuestos provinciales, que tendrán una vigencia de cinco años computados desde su fecha de emisión.

El incentivo fiscal será de hasta un 80% para aquellos proyectos cuyo monto sea inferior al equivalente en pesos de un millón de dólares al momento de la presentación. Para aquellos proyectos que superen el equivalente en pesos de un millón de dólares el incentivo será de hasta un 60%. En ambos casos la diferencia restante deberá ser aportada por la empresa para completar el monto total del proyecto.

El programa se implementará a través de Concursos Públicos Independientes de proyectos destinados a inversores radicados en la Provincia y a inversores nuevos que se instalen en la Provincia.

Para la evaluación y aprobación de las propuestas de inversión se constituirá un Comité, que estará integrado por los siguientes miembros: uno por el Ministerio de Producción y Desarrollo Económico; uno por el Ministerio de Hacienda y Finanzas; uno por el Ministerio de Turismo y Cultura; uno por el Ministerio de Minería; uno por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable; uno por la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación; y uno por la Agencia San Juan Desarrollo de Inversiones (ASJDI), conforme lo establezca la reglamentación respectiva. Esta última será la autoridad de aplicación del programa y su representante presidirá el Comité.

El Comité, junto con la Agencia San Juan Desarrollo de Inversiones (ASJDI) redactará un reglamento operativo, donde se establecerán las bases y condiciones de los concursos públicos y la forma de evaluación de las propuestas a través de fórmulas que ponderarán: a) el nivel de inversión total; b) la generación de nuevos puestos de trabajo directos; c) la inversión que utiliza insumos locales; d) la capacidad económica y técnica del proponente; y e) la sustentabilidad técnica, económica y ambiental del proyecto propuesto. Asimismo, se establecerán los cupos máximos del beneficio fiscal a asignar a cada sector económico. La ASJDI elevará informes al Comité para que apruebe y adjudique los beneficios fiscales a los inversores beneficiarios.

Respecto de los certificados, son de libre disponibilidad y se utilizarán exclusivamente para cancelar obligaciones fiscales provinciales en los porcentajes que establezca la reglamentación. El beneficiario podrá utilizar los certificados para compensar sus propias obligaciones fiscales o transferirlos por única vez a otros contribuyentes. Por otro lado, el  beneficio fiscal establecido en la presente ley, operará bajo la condición de que el inversor como contribuyente no registre deuda exigible por los impuestos, tasas o multas aplicadas por la Dirección General de Rentas Provincial.

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