La medida tiene como objetivo asegurar la salud de los trabajadores que están llevando a cabo tareas de control y supervisión ambiental minero.
A través de una resolución, el Ministerio de Minería dictaminó que todas las empresas que lleven a cabo actividades de prospección, exploración y explotación minera, y cuyo régimen laboral implique trabajo por turnos rotativos o trabajo por equipo, deberán implementar una duración mínima y obligatoria, para cada turno, de catorce (14) días corridos.
El objetivo de la medida es resguardar la salud de los trabajadores que están llevando a cabo tareas de control y supervisión ambiental minero. Cabe destacar que la cantidad de días responde a las recomendaciones de las autoridades de salud de la Provincia y de Nación, ya que ante la existencia de posibles casos de infectados con virus COVID-19, y que podrían ser asintomáticos, las normas dictadas por las autoridades sanitarias nacionales y provinciales recomiendan una cuarentena obligatoria de catorce días.
El Gobierno de San Juan a través de la cartera minera desde un primer momento adoptó medidas a través de un Comité de Seguimiento poniendo el énfasis en asegurar la salud de cada uno de los operarios en los diferentes proyectos mineros. instando a las empresas a readecuar sus actividades hasta tanto las autoridades decreten el fin del aislamiento preventivo y poder evitar la propagación del coronavirus.
Además desde la Secretaria de Gestión Ambiental y Control Minero se están realizando inspecciones periódicas en los emprendimientos mineros examinado que se apliquen los protocolos recomendados contra la pandemia.