(Suspensión de Alumbrera) Pésima señal para los inversores mineros

 

La sentencia de la Cámara Federal de Tucumán que ordenó suspender la actividad en los yacimientos Bajo La Alumbrera y Bajo El Durazno..

La sentencia de la Cámara Federal de Tucumán que ordenó suspender la actividad en los yacimientos Bajo La Alumbrera y Bajo El Durazno es una pésima señal para los inversores mineros. El tribunal integrado por Marina S. Cossio, Raúl Daniel Bejas y Daniel Molinari habilitó una medida cautelar en una causa por supuesta contaminación planteada por Felipa Cruz y otros en 2010. Tanto el juez federal Ricardo Moreno como la Cámara Tucumana rechazaron las pretensiones en 2012, pero la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en febrero de 2016, consideró que se había omitido un informe pericial “que acreditaría la contaminación generada por la empresa (Minera Alumbrera) y su potencial incremento en caso de no disponerse la cesación de la actividad minera en cuestión”. De tal modo, el expediente volvió a la Cámara, ésta dispuso la suspensión de actividades y el juez Moreno tendrá que pronunciarse sobre el fondo de la cuestión, es decir, sobre si hay o no contaminación en base a, señala la sentencia, “informes periciales in situ”. Minera Alumbrera debe por su parte acreditar “fehacientemente haber cumplido con la contratación de un seguro de cobertura con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño”.

Derroteros legales al margen, puede consignarse que Minera Alumbrera en efecto cumple con todas las condiciones impuestas para garantizar la seguridad ambiental, que tiene contratado el seguro ambiental y que ninguno de los ataques de los que ha sido objeto por presunta degradación ambiental pudo nunca ser probado a lo largo de los 20 años que lleva en funcionamiento. Por el contrario, en octubre de 2010 la Fundación Centro de Estudios Infectológicos (FUNCEI) difundió los resultados de una investigación que le había encargado el Gobierno de la Provincia, luego de un trabajo de campo de tres meses en los departamentos Andalgalá, Belén y Santa María. La organización científica, de una trayectoria impecable, concluyó que no existían en la zona evidencias de contaminación como consecuencia de la actividad minera, ni era posible vincular casos de cáncer u otras patologías con ella. Los científicos se pusieron en contacto con los ambientalistas para que les hicieran conocer algún caso de enfermo a causa de la minería, pero ninguno fue capaz de darles respuestas. A dos décadas de la puesta en marcha del emprendimiento, cuando ya Bajo La Alumbrera está en su etapa final, explotando la “raspa ‘e la olla” y preparando el cierre de mina, no se ha producido ninguna de las catástrofes ambientales auguradas.

Para Catamarca, específicamente, la sentencia implica un perjuicio mayúsculo. Los ingresos al erario provincial en concepto de regalías y utilidades por Bajo La Alumbrera superaron los $20.000 millones. Que los administradores del Estado los hayan despilfarrado es otra historia. Lo cierto es que no se avizora en lo inmediato la puesta en marcha de un emprendimiento de características similares y la orden judicial de suspender actividades nada menos que siete años después de iniciada la causa no hace más que alejar más las posibilidades. No obstante, el Gobierno provincial no ha dicho todavía una palabra acerca de una sentencia contraria a su política minera y que le concierne de modo directo, pues implica dudas sobre su rol de contralor en materia ambiental. Si la Justicia ha emitido una señal pésima, ¿cómo han de interpretar los eventuales inversores el mutismo oficial al respecto?

El Ancasti

Noticias relacionadas

Dejanos un Comentario

Your email address will not be published. Required fields are marked *

2024. Huella Minera. Derechos Reservados.

mega888